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CERTIFICACIONES

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Consulado Dominicano está en capacidad de dar certificación sobre distintas naturalezas relacionadas a las leyes dominicanas que tienen que ver con el Registro Civil, Notaría Pública y con gestiones consulares. Por tal razón cualquier certificación que no aparezca descrita en los distintos documentos públicos del consulado, pueden ser planteadas directamente, para la cual se requiere que el ciudadano exponga claramente el uso que dará a la certificación requerida. A partir de ese momento el Consulado indicará puntualmente al ciudadano si puede o no emitirle la certificación buscada.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificaciones de distintas naturalezas en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Presentar documento dominicano que le identifique.
  2. Presentar documentación relacionada con la certificación requerida.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Todas las documentaciones procedentes de la República Dominicana deben ser legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.
  3. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países donde está ubicada la oficina consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Parentesco tiene el objetivo de dar FE sobre la relación biológica o legal entre un ciudadano dominicano y otro. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando un ciudadano dominicano requiere demostrar a las instituciones de cualquier país que otro ciudadano es su pariente, dándose constancia del tipo de parentesco existente.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana donde consta la relación de parentesco.
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. Deben presentarse las actas de nacimientos de todos los involucrados: Por ejemplo, si se trata de una relación de un tío con un sobrino, debe presentarse Acta de Nacimiento del TIO; Acta de Nacimiento de la MADRE o el PADRE del menor; y Acta de Nacimiento del MENOR.
  3. Si se trata de una relación legal, entones deberá mostrarse la Sentencia Judicial debidamente legalizada donde se establece el tipo de relación legal existente.
  4. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  5. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  6. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  7. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  8. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Matrimonio es una constancia que da el Consulado Dominicano donde especifica los datos en que un ciudadano contrajo matrimonio.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Matrimonio en las oficinas consulares de la República Dominicana, cuando se hayan casado en dicha oficina consular.

REQUISITOS
  1. Documento dominicano que le identifique (pasaporte, Cédula de Identidad y Electoral, Acta de Nacimiento),
  2. Certificado Acta de Matrimonio legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países donde se encuentra la oficina consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de CERTIFICACIONES, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Leyes 168 y 146-00 es una constancia que da la Oficina Consular de que un ciudadano dominicano ha cumplido el tiempo mínimo de dos (2) años residiendo en el extranjero, cuando éste no pueda mostrar con documentos oficiales del país de residencia, que efectivamente tiene dos años o más residiendo fuera de la República Dominicana. Las leyes 168 y 146-00 estipulan favores y beneficios de excepciones aduanales para la entrada de enseres del hogar, utensilios profesionales y vehículos con características bajo las condiciones especificadas en las leyes y las normativas vigentes.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Leyes 168 y 146-00 en las oficinas consulares de la República Dominicana.

Nota: Las leyes 168 y 146-00 también aplican para estudiantes dominicanos que regresan a la República Dominicana y para extranjeros que deciden residir en nuestro país. Para mayor información respecto a dichas leyes, consultar los siguientes links, perteneciente a documentación oficial de la Dirección General de Aduanas de la República Dominicana:

  1. Para el formulario de aduana y el instructivo respecto a vehículo: https://mirex.gob.do/pdf/Ley_168.pdf
  2. Para el formulario de Mudanzas y Enseres del Hogar: https://mirex.gob.do/pdf/Ley_146-00.pdf
REQUISITOS
  1. Documento dominicano (Cédula de Identidad y Electoral, Pasaporte, Acta de Nacimiento).
  2. Demostrar con documento que tienen más de dos años viviendo fuera del país.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. La Dirección General de Aduanas en la República Dominicana hará las revisiones de la documentación presentada por el Ciudadano.
  2. Si el ciudadano no puede aportar documento de residencia oficial del país donde se encuentra el ciudadano, podrá mostrar en la Oficina Consular otros documentos como son factura telefónica, contrato de alquiler de vivienda y otros documentos que permitan a la Oficina Consular dar fe de que el ciudadano realmente tiene dos años o más viviendo en el país donde se encuentra.
  3. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  4. Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cualquier servicio puede pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar un certificado si dudan de la veracidad de las informaciones suministradas por los ciudadanos o si solicitud de certificación no cuenta con todos los requisitos que exigen las leyes y normativas vigentes en la República Dominicana.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Inscripción Consular es la constancia que emite el Consulado, donde se especifica que un dominicano fue debidamente registrado en el Consulado. En este documento se especificarán los datos básicos del ciudadano: nombre, apellido, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, numero de pasaporte, fecha y lugar de expedición del pasaporte.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Inscripción Consular en las oficinas consulares dominicanas.

REQUISITOS

Pasaporte dominicano en vigor.

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Si el portador del pasaporte es un menor de edad, debe recoger la documentación uno de los padres o el representante legal.
  3. Este documento es utilizado sólo en algunos países.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Estado Civil es la constancia que emite el Consulado Dominicano, donde se especifica el Estado Civil Actual de un ciudadano dominicano.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Estado Civil en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

Documento que permita identificar el Estado Civil: Acta de Matrimonio, Acta de Divorcio, Registros de la Junta Central Electoral o Declaración Jurada de Soltería.

Para el caso de Certificación de Soltería, debe solicitar los datos en la Dirección General del Registro Civil en la JCE. Ver Pasos Solicitud de Certificado Estado Civil en RD

TIEMPO DE OBTENCIÓN

A determinar. Consultar en la Oficina Consular de su jurisdicción.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Los documentos que provienen de la República Dominicana deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
  3. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países en el país donde se encuentra la oficina consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Documento de Identidad tiene el objetivo de dar FE sobre la validez de un documento de identidad dominicano que porte cualquier ciudadano dominicano. De igual manera este documento a la Oficina Consular certificar que quien porta dicho documento es dominicano por estar dicho documento destinado exclusivamente a ciudadanos dominicanos.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (si la tiene).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  5. Documento que servirá de base para la certificación.
  6. Una Fotografía tamaño 5 x 6 centímetros.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Corrección de Nombre en el pasaporte es una constancia que da el Consulado para indicar que se cometió un error en el nombre al momento de imprimirse la libreta de pasaporte o que efectivamente el portador del pasaporte hizo un cambio. Esta corrección se extiende en un documento aparte del pasaporte. Si se quiere que aparezca directamente en el pasaporte, es preciso proceder a la emisión de una nueva libreta de pasaporte.

Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Corrección de Nombre en el pasaporte en el Consulado de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Pasaporte dominicano en vigor.
  2. Presentar la documentación que acredite la legalidad del cambio solicitado: acta de nacimiento, sentencia judicial que contiene el cambio, etc.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Cuando se compruebe que el error fue cometido en el consulado o al momento de emitirse el pasaporte, el servicio es GRATUITO.
  3. Los documentos que provienen de la República Dominicana deben estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
  4. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países en el país donde se encuentra la Oficina Consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Corrección de la “Ñ” en el pasaporte es una constancia que da el Consulado para indicar que algún apellido o nombre no tiene la Ñ donde debe llevarla. En su mayoría este error se da por limitaciones en el software de impresión de pasaportes utilizado por la República Dominicana.

Todos los ciudadanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana, corrección de “Ñ” en los pasaportes.

REQUISITOS
  1. Pasaporte dominicano en vigor.
  2. Presentar la documentación que acredite la legalidad del cambio solicitado: acta de nacimiento, sentencia judicial que contiene el cambio, etc.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

El importe es de: GRATIS

OBSERVACIONES
  1. Cuando se compruebe que el error fue cometido en el consulado o al momento de emitirse el pasaporte, el servicio es GRATUITO.
  2. Los documentos que provienen de la República Dominicana deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
  3. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países donde se encuentra la oficina consular.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Corrección de Fecha es una constancia que da el Consulado para indicar que alguna de las fechas que aparecen en el pasaporte está incorrecta, por lo que se indica cual es la nueva fecha que sí es correcta.

Todos los ciudadanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana Corrección de Fecha en el pasaporte.

REQUISITOS
  1. Pasaporte dominicano en vigor.
  2. Presentar la documentación que acredite la legalidad del cambio solicitado: acta de nacimiento, sentencia judicial que contiene el cambio, etc.
TIEMPO DE OBTENCION

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Cuando se compruebe que el error fue cometido en el consulado o al momento de emitirse el pasaporte, el servicio es GRATUITO.
  3. Los documentos que provienen de la República Dominicana deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de NOTARIO PUBLICO y de OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.

El Certificado de Corrección de Apellidos es una constancia que da el Consulado para indicar que los apellidos del portador de un pasaporte son distintos por algún cambio producido luego de la expedición de dicho pasaporte. Dichos cambios pueden ser por motivos de: errores en la confección del pasaporte, cambios que produce el portador, errores en las actas de nacimiento, cambio por motivo de matrimonio, entre otros.

Todos los ciudadanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana, servicios de Corrección de Apellidos.

REQUISITOS
  1. Pasaporte dominicano en vigor.
  2. Presentar la documentación que acredite la legalidad del cambio solicitado: acta de nacimiento, certificado de divorcio, sentencia judicial que contiene el cambio, etc.
TIEMPO DE OBTENCION

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Cuando se compruebe que el error fue cometido en el Consulado o al momento de emitirse el pasaporte, el servicio es GRATUITO.
  3. Los documentos que provienen de la República Dominicana deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana o por la Junta Central Electoral.
  4. Si el ciudadano aporta documentos de países distintos a la República Dominicana, dichos documentos deben ser legalizados por las representaciones oficiales de esos países en el país donde se hace la solicitud.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Afiliación al Plan de Ayuda Mutua tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano dominicano está afiliado al Plan de Ayuda Mutua para dominicanos residentes en el exterior.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Estar afiliado al Plan de Ayuda Mutua (obligatorio).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

El importe es: Gratis

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un menor de edad, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de OFICIAL DEL ESTADO CIVIL así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Acta de Reconocimiento tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano dominicano fue objeto de una Declaración de Reconocimiento en la Oficina Consular.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Haberse efectuado la Declaración (Acta) de Reconocimiento previamente en la oficina consular (obligatorio).
TIEMPO DE OBTENCION

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Acto Notarial tiene el objetivo de dar FE de que un Acto Notarial previo fue otorgado en la Oficina Consular. Esta certificación es una reproducción inextensa del Acto tal y como fue ejecutado en su momento. Con frecuencia este documento es demandado por los ciudadanos cuando se ha extraviado el documento original entregado por el ciudadano; cuando se requiere dar FE pública de la autenticidad de dicho acto; o simplemente para que el ciudadano disponga de tantas copias como pueda requerir del Acto Notarial en cuestión.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Copia del acto notarial a que hace referencia el ciudadano o en su defecto informaciones específicas de su redacción (fecha, funcionario consular actuante, ciudadano que solicitó el servicio, etc.).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Concordancia tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano dominicano que aparece en dos documentos con distintos nombres o apellidos es la misma persona. Con frecuencia este servicio es requerido por instituciones de otro país que requieren constancia oficial de que el ciudadano que está escrito en forma distinta en dos documentos es realmente la misma persona.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (si la tiene).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  4. Documentos de Identidad del SOLICITANTE donde aparecen la diferencia de nombres o apellidos.
  5. Documento legal que justifique la diferencia existente entre los documentos del ciudadano.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Continuidad de Matrimonio tiene el objetivo de dar FE de que el matrimonio celebrado ante las leyes de la República Dominicana sigue vigente, por no haberse producido cambio registrado ante las oficialías civiles (registro civil) de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documento de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Extracto de Acta o Certificado de Acta de Matrimonio legalizada por la Junta Central Electoral con una vigencia de expedición no mayor a tres (3) meses.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Corte Extranjera tiene el objetivo de dar FE de que un documento que fue EXPEDIDO por una corte Extrajera que la Oficina Consular reconoce como autorizada dentro de la jurisdicción en la que actuó para dicho acto. Esta certificación ha sido prevista para aquellos casos donde se dificulta la obtención de la legalización del documento por parte de la oficina de exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular, lográndose que de esta forma dicho documento pueda ser utilizado en la República Dominicana, teniendo como paso previo su legalización en la División de Legalización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento a certificar conteniendo la firma y el sello original funcionario autorizado de la Corte Extranjera.
  3. Que la Oficina Consular reconozca que Corte Extranjera tiene validez jurídica en la jurisdicción donde se encuentra.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Gobernadores Extranjeros tiene el objetivo de dar FE de que un documento que fue FIRMADO por un Gobernador Extranjero que la Oficina Consular reconoce como autorizado dentro de la jurisdicción en la que actuó para dicho acto. Esta certificación ha sido prevista para aquellos casos donde se dificulta la obtención de la legalización del documento por parte de la oficina de exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular, lográndose que de esta forma dicho documento pueda ser utilizado en la República Dominicana, teniendo como paso previo su legalización en la División de Legalización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento a certificar conteniendo la firma y el sello original del Gobernador Extranjero.
  3. Que la Oficina Consular reconozca que el Gobernador Extranjero tiene validez jurídica en la jurisdicción donde se encuentra.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Institución Extranjera tiene el objetivo de dar FE de que un documento que fue EXPEDIDO por una institución extranjera que la Oficina Consular reconoce como autorizada dentro de la jurisdicción en la que actuó para dicho acto. Esta certificación ha sido prevista para aquellos casos donde se dificulta la obtención de la legalización del documento por parte de la oficina de exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular, lográndose que de esta forma dicho documento pueda ser utilizado en la República Dominicana, teniendo como paso previo su legalización en la División de Legalización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento a certificar conteniendo la firma y el sello original de la institución extranjera.
  3. Que la Oficina Consular reconozca que la Institución Extranjera tiene validez jurídica en la jurisdicción donde se encuentra.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Licencia Dominicana tiene el objetivo de dar FE de que la licencia de conducir de un ciudadano dominicano es auténtica.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documento de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Copia de la Licencia de Conducir dominicana.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Nacionalidad tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano es dominicano. En esta certificación se establecerá acorde con la Ley, el motivo por el cual el ciudadano es dominicano, es decir: por Nacimiento, Origen, Decreto, Matrimonio o por Naturalización.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (obligatoria).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Pasaporte tiene el objetivo de dar FE sobre la autenticidad de un pasaporte dominicano y la identidad del portador. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando un ciudadano dominicano requiere demostrar a las instituciones de cualquier país que es la persona que figura en un pasaporte.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente.
  2. Cédula dominicana.
  3. Pasaporte dominicano en vigor.
  4. Una Fotografía tamaño 5 x 6 centímetros.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Paternidad tiene el objetivo de dar FE sobre la relación que existe entre padres e los hijos dominicanos. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando un ciudadano dominicano requiere demostrar a las instituciones de cualquier país que es el padre o la madre de un determinado menor.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente.
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Sexo tiene el objetivo de dar FE sobre el sexo de un ciudadano dominicano. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando los rasgos físicos de un ciudadano no permitan reconocer con claridad si es hombre o es mujer, ocasionando a instituciones de otros países dudas razonables sobre el sexo del ciudadano.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente.
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  5. Una Fotografía tamaño 5 x 6 centímetros.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Visa tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano extranjero obtuvo una visa dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documento de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Copia de la visa dominicana otorgada.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Documento Extranjero tiene el objetivo de dar FE de que un documento que fue EXPEDIDO por una institución extranjera que la Oficina Consular reconoce como autorizada dentro de la jurisdicción en la que actuó para dicho acto. Esta certificación ha sido prevista para aquellos casos donde se dificulta la obtención de la legalización del documento por parte de la oficina de exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular, lográndose que de esta forma dicho documento pueda ser utilizado en la República Dominicana, teniendo como paso previo su legalización en la División de Legalización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento a certificar conteniendo la firma y el sello original de la institución extranjera o funcionario que firma.
  3. Que la Oficina Consular reconozca que la Institución Extranjera tiene validez jurídica en la jurisdicción donde se encuentra.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
FORMULARIO

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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Lugar de Nacimiento tiene el objetivo de dar FE sobre el lugar específico en que un ciudadano dominicano o de otro país nació. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando el pasaporte dominicano no informa con exactitud en qué provincia o municipio nació el ciudadano.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (si la tiene).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  5. Documento que servirá de base para la certificación.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  3. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  4. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  5. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  6. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Naturalización tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano extranjero obtuvo la nacionalidad dominicana, explicando en qué condiciones fue adquirida dicha nacionalidad.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documento de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento de Identidad dominicano.
  3. Documento que explique en qué forma adquirió la nacionalidad dominicana.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de No Publicación de Edicto o Proclama de Matrimonio tiene el objetivo de dar FE de que según la Ley de la República Dominicana no se admite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Con frecuencia este servicio lo demandan ciudadanos dominicanos que viviendo en el extranjero quieren contraer matrimonio con una persona del mismo sexo, o ciudadanos extranjeros que quieren casarse con una persona del mismo sexo ante las leyes de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documento de Identidad del SOLICITANTE.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Obligatoriedad de Edicto tiene el objetivo de dar FE de que la Ley de la República Dominicana requiere la proclama de edicto o matrimonio previo a efectuarse la ceremonia del matrimonio. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando las instituciones de cualquier país requieren conocer si la Ley de la República Dominicana contempla la obligatoriedad de Proclama de Matrimonio.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (si la tiene).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
  5. Cualquier documento de identidad oficial que permita identificar unívocamente al ciudadano SOLICITANTE.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

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OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Secretario de Estado Extranjero tiene el objetivo de dar FE de que un documento que fue EXPEDIDO o FIRMADO por un Secretario de Estado Extranjero que la Oficina Consular reconoce como autorizado dentro de la jurisdicción en la que actuó para dicho acto. Esta certificación ha sido prevista para aquellos casos donde se dificulta la obtención de la legalización del documento por parte de la oficina de exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular, lográndose que de esta forma dicho documento pueda ser utilizado en la República Dominicana, teniendo como paso previo su legalización en la División de Legalización de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Documentos de Identidad del SOLICITANTE.
  2. Documento a certificar conteniendo la firma y el sello original del Secretario de Estado Extranjero.
  3. Que la Oficina Consular reconozca que el Secretario de Estado Extranjero tiene validez jurídica en la jurisdicción donde se encuentra.
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.

El Certificado de Tiempo pasado en la Oficina Consular tiene el objetivo de dar FE de que un ciudadano estuvo en la oficina consular gestionando servicios o solicitando información. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando un ciudadano requiere demostrar a las instituciones de cualquier país que estuvo en la oficina consular gestionando documentos o información en un tiempo específico.

Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.

Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS
  1. Cédula dominicana (si la tiene).
  2. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  3. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

COSTO

El importe es: Gratis.

OBSERVACIONES
  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
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DESCRIPCIÓN

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos y extranjeros que hayan vivido en la República Dominicana, el CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES, mediante el convenio de colaboración firmado entre la Procuraduría General de la República Dominicana y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana en fecha 16 de Julio del 2010.

El Certificado de No Antecedentes Penales es la constancia que emiten las Oficinas Consulares autorizadas, donde se especifica que en el Sistema de Investigación Criminal (SIC) de la Procuraduría General de la República Dominicana, no existe registrada información de casos penales en contra de un ciudadano dominicano o de un ciudadano extranjero que haya residido en la República Dominicana.

Todos los ciudadanos dominicanos y ciudadanos extranjeros (que hayan vivido en la República Dominicana), tienen derecho a solicitar CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES en las oficinas consulares de la República Dominicana autorizadas para tales fines.

REQUISITOS
  1. Tener no menos de 18 años de edad.
  2. Cédula de Identidad y Electoral Dominicana (en caso de ciudadanos dominicanos).
  3. Cédula de Identidad dominicana (en caso de ciudadanos extranjeros).
  4. Residencia dominicana (en caso de ciudadanos extranjeros).
  5. Pasaporte (en caso de ciudadanos extranjeros).
TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas, de la disponibilidad de personal, siempre que al ciudadano no le aparezca incidencia de casos no resueltos, en el Sistema de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República Dominicana.

COSTO

Ver tasas consulares

OBSERVACIONES
  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. Las oficinas consulares dependiendo de las instrucciones específicas de la Procuraduría General de la República Dominicana pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
  3. Si fuera el caso que el ciudadano APAREZCA con casos pendientes en el Sistema de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República Dominicana, entonces es preciso realizar un proceso de investigación, bajo la responsabilidad del ciudadano, que puede durar más de cinco (5) días laborables, dependiendo de las características del tipo de trámite que sea requerido realizar, a fin de aclarar y resolver la incidencia en perjuicio del ciudadano.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  5. Este documento es obligatorio para todos los dominicanos que solicitan la doble nacionalidad en algunos países.
  6. Algunas Oficinas Consulares ofrecen, de forma no obligada, el servicio de legalización del CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES ante las instituciones extranjeras correspondientes.
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